Música en llamas — Foto de Stock

«Hablaremos sólo en términos coloquiales para que todo el mundo nos entienda.

En los debates sobre estado de edificios, una de las falacias básicas que usan algunos es decir que en un edificio marcado por la Inspección Técnica de Bomberos como no cumplidor de prácticamente ninguna de las obligaciones básicas contra-incendios «no hay un riesgo inminente», lo cual es cierto, no lo hay «inminente», porque mientras no esté en llamas el edificio o fracturándose la estructura no lo hay, por definición.

La catalogación de riesgo inminente, catalogación que pertenece a una escala graduada que usa el Cuerpo de Bomberos, no es lo que determina que algo sea peligroso o no, determina sólo lo que se denomina la necesidad de «acción inmediata«, ¡que nadie os engañe! Las relaciones causa efecto pueden producirse en cuestión de milésimas de segundo y pasar de una situación de peligro latente, como es el caso que describimos, a peligro inminente, lo que hace darse cuenta a cualquier persona con dos dedos de frente de que el propio peligro latente es en sí mismo grave y que, en suma, lo único que debe importar es si hay o no peligro, independientemente de la catalogación de estado del edificio que se describa en un momento dado. Porque NO DEBE HABER PELIGRO ALGUNO EN NINGÚN GRADO.

Algo es peligroso cuando del informe de Bomberos así se colige, como es el caso que tratamos en este ejemplo, y como era el caso de los trágicos Alcalá 20 y Madrid Arena, donde tampoco había peligro inminente y por eso ocurrió lo que ocurrió. Y un informe de las características que tratamos en este ejemplo implica necesariamente el cierre INMEDIATO del edificio hasta que se acometan las reformas que hagan que deje de ser peligroso, si esto es posible –y si no, debe ser derruído–, porque sabiendo que es peligroso no se puede admitir ni un segundo más ni siquiera la hipótesis de que alguien pueda estar allí dentro. Es una cuestión de humanidad e inteligencia básicas.

Además, no se puede admitir ninguna otra cosa, porque cualquier edificio para que pueda estar abierto y en funcionamiento debe ajustarse completamente a la legalidad vigente y ninguna persona de bien puede admitir nada inferior a eso, pues es el mínimo con el que se debe contar en un Estado de Derecho: la completa legalidad.

Es el clarísimo término «inminente» lo que es foco semántico de esa expresión y el truco que usan estas gentes falaciosas marrulleras con que abrimos esta serie de artículos. Pero lo que la gente honesta debe determinar no es si hay «riesgo inminente», sino sólo si hay riesgo. Y en una situación como la descrita lo hay, en una escalofriante medida.

Es idéntico caso al de las mujeres maltratadas: como no hay «peligro inminente»… son asesinadas.

enero 28, 2017 a las 11:28 am por Agustín Barahona
Categoría: General, Humanismo, Reflexiones
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