{"id":9270,"date":"2023-03-09T08:32:42","date_gmt":"2023-03-09T07:32:42","guid":{"rendered":"https:\/\/www.agustinbarahona.com\/blog\/?p=9270"},"modified":"2023-08-13T19:59:53","modified_gmt":"2023-08-13T18:59:53","slug":"cual-deberia-ser-por-logica-la-funcion-de-la-inspeccion-medica-del-inss-en-espana-en-las-incapacidades-laborales-y-que-paradojicamente-no-parece-tener-la-menor-importancia-para-el-inss-a-pesa","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.agustinbarahona.com\/blog\/cual-deberia-ser-por-logica-la-funcion-de-la-inspeccion-medica-del-inss-en-espana-en-las-incapacidades-laborales-y-que-paradojicamente-no-parece-tener-la-menor-importancia-para-el-inss-a-pesa\/","title":{"rendered":"\u00bfCU\u00c1L DEBER\u00cdA SER POR L\u00d3GICA LA FUNCI\u00d3N DE LA INSPECCI\u00d3N M\u00c9DICA DEL INSS EN ESPA\u00d1A EN LAS INCAPACIDADES LABORALES Y QUE, PARAD\u00d3JICAMENTE, NO PARECE TENER LA MENOR IMPORTANCIA PARA EL INSS, A PESAR DE SU VERGONZANTE OBVIEDAD?"},"content":{"rendered":"<div class=\"wp-block-image\">\n<figure class=\"aligncenter size-large\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"466\" height=\"274\" src=\"https:\/\/www.agustinbarahona.com\/blog\/wp-content\/uploads\/image-104-466x274.png\" alt=\"\" class=\"wp-image-9337\" srcset=\"https:\/\/www.agustinbarahona.com\/blog\/wp-content\/uploads\/image-104-466x274.png 466w, https:\/\/www.agustinbarahona.com\/blog\/wp-content\/uploads\/image-104-300x176.png 300w, https:\/\/www.agustinbarahona.com\/blog\/wp-content\/uploads\/image-104-768x451.png 768w, https:\/\/www.agustinbarahona.com\/blog\/wp-content\/uploads\/image-104.png 928w\" sizes=\"auto, (max-width: 466px) 100vw, 466px\" \/><\/figure>\n<\/div>\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<blockquote class=\"wp-block-quote has-vivid-red-color has-text-color is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow\">\n<h2 class=\"wp-block-heading\">\u00bfCU\u00c1L DEBER\u00cdA SER POR L\u00d3GICA LA FUNCI\u00d3N DE LA INSPECCI\u00d3N M\u00c9DICA DEL INSS EN ESPA\u00d1A EN LAS INCAPACIDADES LABORALES Y QUE, PARAD\u00d3JICAMENTE, NO PARECE TENER LA MENOR IMPORTANCIA PARA EL INSS, A PESAR DE SU VERGONZANTE OBVIEDAD?<\/h2>\n<\/blockquote>\n\n\n\n<p>\u00abLa respuesta, se\u00f1oras y se\u00f1ores, es muy sencilla, aunque parece que el sistema de <em>tribunal m\u00e9dico<\/em> del INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) o bien no la conoce o bien no la quiere conocer o bien act\u00faa fingiendo no conocerla, lo cual pone de manifiesto, en cualquiera de los tres casos, que o bien sus objetivos como instituci\u00f3n no son los declarados o bien lo son pero los incumple desafiantemente y a sabiendas, convirti\u00e9ndose a s\u00ed misma, en cualquiera de las opciones, en <strong>un gran y vergonzante fraude, con toda seguridad, social<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<p>La funci\u00f3n de cualquier inspecci\u00f3n m\u00e9dica en caso de incapacidad laboral de cualquier ciudadano del mundo se supone por l\u00f3gica b\u00e1sica que es \u00fanica y exclusivamente <strong>evaluar si la enfermedad <\/strong>que aqueja, alega y demuestra el ciudadano mediante los aportados informes periciales de sus especialistas m\u00e9dicos correspondientes &#8211;y tambi\u00e9n y fundamentalmente mediante la propia evidencia de su propia persona enferma aportada como la prueba principal de su caso&#8211; le <strong>impide realmente desarrollar el trabajo que el ciudadano desarrollaba.<\/strong> <\/p>\n\n\n\n<p>Para ello debe evaluar <strong><span style=\"text-decoration: underline;\">CIENT\u00cdFICAMENTE<\/span><\/strong> dos \u00fanicas cuestiones:<\/p>\n\n\n\n<p>1.- <strong>si los informes y pruebas periciales<\/strong> que el ciudadano le aporta, as\u00ed como las propias evidencias que deber\u00e1 confrontar el m\u00e9dico evaluador, <strong><span style=\"text-decoration: underline;\">se corresponden con la informaci\u00f3n CIENT\u00cdFICA de que LA COMUNIDAD CIENT\u00cdFICA dispone al respecto de la enfermedad o cuadro sintom\u00e1tico alegado y presentado por los especialistas m\u00e9dicos del ciudadano<\/span><\/strong>;<\/p>\n\n\n\n<p>2.- si la tipolog\u00eda, mecanicidad y todas las dem\u00e1s condiciones contextuales, esenciales, imprescindibles y constituyentes del trabajo que desempe\u00f1a el ciudadano &#8211;y que, debido a que no puede ejecutarlo en las condiciones normales que dicta la norma y el sentido com\u00fan, ha sido dado de baja por un facultativo basado en su propia <em>expertise <\/em>y en los ex\u00e1menes periciales de especialistas&#8211; <strong>producen que sea obviamente imposible el poder seguir desempe\u00f1ando dicho trabajo mientras la situaci\u00f3n que provoc\u00f3 la incapacidad temporal se mantenga<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<p>Es decir, explicado en versi\u00f3n muy simple, no es lo mismo que el trabajador tenga una enfermedad neuronal que afecta al aparato locomotor impidiendo poder mover todas las articulaciones de modo normal y padecer dicha enfermedad siendo, por ejemplo, un grabador de libros de audio &#8211;para el que la triste dificultad neuronal no es en principio un impedimento mientras no se demuestre cient\u00edfica y laboralmente lo contrario&#8211; que ser alguien que teniendo esta misma enfermedad requiera en su trabajo de no s\u00f3lo un correcto control y desarrollo de movilidad de todas las articulaciones sino de <strong>un dominio en grado de excelencia de todo su aparato locomotor o de parte de \u00e9l<\/strong>, como lo ser\u00edan todas las profesiones de docencia y ejecuci\u00f3n que requieren el <strong><span style=\"text-decoration: underline;\">desarrollo y control en muy alta resoluci\u00f3n de destrezas, habilidades y agilidades f\u00edsicas como m\u00ednimo<\/span><\/strong> (como es el caso de gimnastas ol\u00edmpicos, de profesores o int\u00e9rpretes profesionales de instrumentos musicales, de docentes o ejecutores profesionales de acrobacias o de profesores o ejecutores de actividades de defensa corporal en seguridad personal, por poner ejemplos habituales caracterizados y socialmente conocidos).<br \/><br \/>Hasta aqu\u00ed todo claro, \u00bfverdad? Pero, ver\u00e1n, aqu\u00ed viene precisamente el problema y la trampa.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-black-color has-text-color\">Un m\u00e9dico es <strong>legalmente competente<\/strong> &#8211;o as\u00ed deber\u00eda ser&#8211; para poder conocer la semi\u00f3tica diagn\u00f3stica m\u00e9dica necesaria <strong>para poder determinar que alguien padece una determinada enfermedad<\/strong> o que lo que otro colega ha determinado a este mismo respecto <strong>es correcto y completo<\/strong> &#8211;y si entiende que no es as\u00ed debe poder saber <strong>demostrar CIENT\u00cdFICAMENTE<\/strong> la supuesta incorrecci\u00f3n del diagn\u00f3stico ajeno de modo que la comunidad cient\u00edfica pueda evaluar cu\u00e1l de ambos diagn\u00f3sticos es el correcto si no son coincidentes, si as\u00ed se le requiriese&#8211;. Pero <\/p>\n\n\n\n<blockquote class=\"wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow\">\n<p class=\"has-vivid-purple-color has-text-color\" style=\"font-style:normal;font-weight:400\">un m\u00e9dico <span style=\"text-decoration: underline;\">no est\u00e1 capacitado en modo alguno<\/span>, ni profesional ni legalmente &#8211;ni est\u00e1 obligado tampoco socialmente&#8211;, para saber <strong>qu\u00e9 es lo que cada trabajador debe hacer en su trabajo y c\u00f3mo debe hacerlo para poder ser eficiente<\/strong>. \u00c9sta es una obviedad indiscutible racionalmente.<\/p>\n<\/blockquote>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading has-text-align-center has-vivid-red-color has-text-color\"><strong><span style=\"text-decoration: underline;\">LA RELIGI\u00d3N DEL INSS<\/span><\/strong><\/h2>\n\n\n\n<p>La pregunta que todos tenemos que hacernos es: <strong>\u00bfpara qu\u00e9 sirve que vayamos a un m\u00e9dico de prestigio con una excelencia reconocida en todos los \u00e1mbitos de su profesi\u00f3n y una capacidad cient\u00edfica clara y presta que puede demostrar que su diagn\u00f3stico es correcto y completo si luego el INSS puede decir que ese m\u00e9dico est\u00e1 equivocado en su diagn\u00f3stico pero <\/strong>&#8211;y atenci\u00f3n a este punto, que es el crucial&#8211; <strong>no tiene que probar de ning\u00fan modo que dicho diagn\u00f3stico m\u00e9dico est\u00e9 equivocado salvo que t\u00fa lo pongas en las car\u00edsimas manos de la justicia para que al final le den la raz\u00f3n a tu m\u00e9dico, como era obvio?<\/strong> \u00bfA qu\u00e9 estamos jugando? Lo que est\u00e1 haciendo el INSS es plantearnos <em>un mandato de fe<\/em>. Es, como si dij\u00e9ramos, \u00ab<strong><span style=\"text-decoration: underline;\">palabra de Dios\u00bb en un estado aconfesional<\/span><\/strong>. <em>La religi\u00f3n del INSS<\/em>.<\/p>\n\n\n\n<p>Por lo tanto, <strong><span style=\"text-decoration: underline;\">todas las evaluaciones sobre la supuesta capacidad para desarrollar un determinado trabajo equis por parte de un ciudadano en situaci\u00f3n de incapacidad temporal por enfermedad son necesariamente <em>nulas de pleno derecho<\/em> si en la resoluci\u00f3n final del INSS no ha participado un perito experto en lo que debe hacer el trabajador en su trabajo y en saber si las limitaciones a las que dicha enfermedad, demostrada por los especialistas del paciente, somete al trabajador le impiden o no poder seguir desarroll\u00e1ndolo<\/span><\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<p>Y como quienes instituyeron este tipo de supuestas verificaciones mediante inspecciones m\u00e9dicas del INSS, que suponen un claro insulto aprior\u00edstico a la honorabilidad y competencia de colegas especialistas de esos mismos m\u00e9dicos evaluadores (supuestos m\u00e9dicos del INSS, \u00e9stos, que adem\u00e1s no se identifican como tales, con nombre apellido, especialidad y n\u00famero de colegiado, en la propia sesi\u00f3n, como la norma les obliga y como los <em>derechos del paciente<\/em> les recuerdan), sab\u00edan perfectamente que cualquier resoluci\u00f3n que en esas condiciones establecieran <em><strong>era necesariamente nula de pleno derecho <\/strong><\/em>buscaron proteger sus intereses reales (que obviamente no son los declarados en la norma que los instituy\u00f3) mediante el truco de no ser recurrible en v\u00eda administrativa con el mismo recorrido y del modo en que lo son el resto de las cuestiones en Espa\u00f1a. De un modo adem\u00e1s totalmente injustificable en su diferenciaci\u00f3n jur\u00eddica.<\/p>\n\n\n\n<p>\u00bfEl peligroso resultado?:<\/p>\n\n\n\n<p>Que as\u00ed, usando como protecci\u00f3n la disuasi\u00f3n que para cualquier persona normal supone el que la obliguen artificialmente a tener que embarcarse en un caro e indeseado &#8211;y realmente innecesario&#8211; proceso judicial en el que hay que pagar a un abogado y procurador y preparar todos los detalles de probatorio pericial y alegaciones, tambi\u00e9n caros en un juicio, se consigue que por lo general al pobre ciudadano enfermo no le quede m\u00e1s remedio que obedecer ultrajado al tribunal evaluador del INSS agachando la cabeza, inclu\u00eddos en esa artificial y absurdamente il\u00f3gica obediencia los m\u00e9dicos y facultativos del paciente que diagnosticaron y documentaron la enfermedad de \u00e9ste y que sin duda alguna tras este avasallamiento y <span style=\"text-decoration: underline;\"><strong>atropello por la espalda<\/strong><\/span> (ya que nunca se confronta directamente el diagn\u00f3stico de los especialistas con ellos, sino que <strong>se lo denigra gratu\u00edta e inmotivadamente a sus espaldas<\/strong>, por obvios motivos) deben de estar hasta el <em>septum pellucidum<\/em> de estos tribunales del INSS. Autoridades especialistas del paciente que, adem\u00e1s, estoy seguro de que si muchas de ellas supieran que las resoluciones iniciales de estos tribunales son <strong><em>nulas de pleno derecho <\/em><\/strong>se lanzar\u00edan muchos a solicitar que as\u00ed fueran declaradas y reconocidas judicialmente de inmediato por la autoridad competente a tal fin, incluso mediante asociaciones y colegiaturas m\u00e9dicas, e incluso llevando el caso a Bruselas a Estrasburgo y a Luxemburgo si es preciso. Y as\u00ed, este absurdo de los tribunales m\u00e9dicos de este modo institu\u00eddos se habr\u00eda acabado para siempre. Probablemente hace mucho tiempo ya.<\/p>\n\n\n\n<p>Pero&#8230; por eso quien instituy\u00f3 este tipo de pantomima a trav\u00e9s de supuestos tribunales de evaluaci\u00f3n de la capacidad de los pacientes para poder desarrollar o no su trabajo, <strong>donde dicha capacidad jam\u00e1s se eval\u00faa profesionalmente en realidad<\/strong> [!!!], sab\u00eda necesariamente y de antemano que s\u00f3lo era un modo de dar una especie de <em>poder m\u00e1gico<\/em> a los tribunales del INSS para que tras \u00e9l pudieran \u00e9stos parapetarse contra todas las denuncias que, por l\u00f3gica, en un pa\u00eds sano y bien informado jur\u00eddicamente, todos los ciudadanos habr\u00edan puesto&#8230; <strong>si no les costara un dinero que no tienen<\/strong>. Y quedar\u00eda al desnudo que la verdadera misi\u00f3n de estos grupos del INSS es s\u00f3lo llevar al trabajo <em>cad\u00e1veres <\/em>a los que se les di\u00f3 el alta inmotivada e injustificablemente y que adem\u00e1s perjudican involuntariamente a la sociedad porque es obvio que los cad\u00e1veres no est\u00e1n como para trabajar y estorban en sus banquetas porque cuesta mucho mantener all\u00ed sus huesos en equilibrio sin que se desmoronen cada dos por tres d\u00e1ndose as\u00ed todos cuenta de que se trata de un cad\u00e1ver. Y no hablemos de los perjuicios provocados conscientemente por el INSS si adem\u00e1s el proyecto de cad\u00e1ver es un profesor. Eso es provocar un da\u00f1o a sabiendas y lo dem\u00e1s tonter\u00edas.<\/p>\n\n\n\n<p>\u00bfEs \u00e9ste un pa\u00eds <em>sano<\/em> o un pa\u00eds <em>asno<\/em>?<\/p>\n\n\n\n<p>\u00bf<em>Sanidad p\u00fablica y universal<\/em>? Dejen que me r\u00eda y dude de si, debido al evidente \u00e1mbito donde todas estas ideas debieron de forjarse seguramente, no se les habr\u00e1 colado en la expresi\u00f3n real original una ele de m\u00e1s.\u00bb<\/p>\n\n\n\n<p>[Agust\u00edn Barahona]<\/p>\n\n\n<div class=\"wp-block-image\">\n<figure class=\"aligncenter size-full\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"414\" height=\"315\" src=\"https:\/\/www.agustinbarahona.com\/blog\/wp-content\/uploads\/image-105.png\" alt=\"\" class=\"wp-image-9340\" srcset=\"https:\/\/www.agustinbarahona.com\/blog\/wp-content\/uploads\/image-105.png 414w, https:\/\/www.agustinbarahona.com\/blog\/wp-content\/uploads\/image-105-300x228.png 300w\" sizes=\"auto, (max-width: 414px) 100vw, 414px\" \/><\/figure>\n<\/div>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u00bfCU\u00c1L DEBER\u00cdA SER POR L\u00d3GICA LA FUNCI\u00d3N DE LA INSPECCI\u00d3N M\u00c9DICA DEL INSS EN ESPA\u00d1A EN LAS INCAPACIDADES LABORALES Y QUE, PARAD\u00d3JICAMENTE, NO PARECE TENER LA MENOR IMPORTANCIA PARA EL INSS, A PESAR DE SU VERGONZANTE OBVIEDAD? \u00abLa respuesta, se\u00f1oras y se\u00f1ores, es muy sencilla, aunque parece que el sistema de tribunal m\u00e9dico del INSS [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_monsterinsights_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0,"_jetpack_memberships_contains_paid_content":false,"footnotes":""},"categories":[34,9,16,8],"tags":[36,32,42,33],"class_list":["post-9270","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-ciencia","category-escritos-en-facebook","category-humanismo","category-reflexiones","tag-ciencia-2","tag-justicia","tag-politica","tag-sistema"],"aioseo_notices":[],"jetpack_featured_media_url":"","jetpack_sharing_enabled":true,"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.agustinbarahona.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/9270","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.agustinbarahona.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.agustinbarahona.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.agustinbarahona.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.agustinbarahona.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=9270"}],"version-history":[{"count":26,"href":"https:\/\/www.agustinbarahona.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/9270\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":9341,"href":"https:\/\/www.agustinbarahona.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/9270\/revisions\/9341"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.agustinbarahona.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=9270"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.agustinbarahona.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=9270"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.agustinbarahona.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=9270"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}