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Mes: abril 2017
¿En qué consiste la democracia representativa? - abril 11, 2017 por Agustín Barahona

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Agustín Barahona«La democracia representativa consiste en votar a alguien cada 4 años para que haga con mi voto lo que a él le dé la gana, incluso lo contrario a lo que prometió hacer, y que cuando yo me queje de ello me diga que si no estoy de acuerdo que vote a otro… que volverá a hacer lo que quiera… y así en proceso infinito. El problema es el sistema que permite este engaño manifiesto. Ha de haber un contrato electoral y todo incumplimiento de contrato ha de tener consecuencias punitivas. Pero además, por encima de ellas, tiene que haber previamente un statu quo que sea justo en donde se asiente ese contrato, no uno manifiestamente injusto que garantice la perpetuación de la injusticia, como es el actual, porque entonces el contrato queda ejecutivamente anulado. Es demasiado obvio como para pretender que no nos damos cuenta.» [Agustín Barahona]

¿Qué bien jurídico se protege realmente en la «ofensa a los sentimientos religiosos»? - abril 11, 2017 por Agustín Barahona

Agustín Barahona«Como saben, existe el delito de ofensa a los sentimientos religiososos pero no el delito de ofensa a la racionalidad científica. Ésta es la España en que vivimos.

Todas las pseudociencias tienden a funcionar como religiones en todos sus patrones psicosociológicos y políticos, hasta el punto de que esencialmente no suelen diferenciarse de charlatanes y estafadores,  y, contra todo pronóstico, en pleno siglo XXI no sólo proliferan sino que son protegidas por el Estado, que les permite prosperar económicamente a costa del retroceso civilizatorio que comportan. Incomprensiblemente se les fabrican ad hoc «a prioris» que no se hacen para otras categorías sociales, especialmente para aquellas que son la esencia de la educación y formación en el pensamiento crítico y analítico que permite que todos podamos avanzar y trabajar por el bien común.

Los tribunales esgrimen la justificación de que hay que defender el derecho a la libertad de expresión, a pesar de que esto choca frontalmente con un delito de blasfemia disfrazado de «ofensa a los sentimientos religiosos». Así pues, ¿cuál es realmente el bien jurídico protegido en el delito de blasfemia que no se practica paritariamente y tipificadamente a todas las posibles ofensas de sentimientos? No respondan, no hace falta.» [Agustín Barahona]

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Véase también:

¿Puede haber verdadera ciencia donde hay verdadera religión?

La “aconfesionalidad” es sólo una treta religiosa.

¿España es aconfesional? ¡Ja!

Lo racional distingue entre lo que sabe y lo que ignora, lo irracional siempre lo confunde.

Dios es…

El Estado protege en el código penal las creencias, pero no la lógica.

¿Cómo se fundamenta la estipulación de un delito contra los sentimientos religiosos?

¿Es inviable un delito contra los sentimientos religiosos?

Los límites de la libertad de expresión.

¿Qué es realmente una blasfemia?

¿ES LO MISMO ESPIRITUALIDAD QUE MISTICISMO O QUE RELIGIOSIDAD? - abril 9, 2017 por Agustín Barahona

«No, en absoluto. Son tres cosas tan diferentes como tres colores distintos, aunque habitual e históricamente han solido mezclarse en diversas proporciones: los dos primeros en porcentajes muy amplios, hasta a veces confundirse, y los dos últimos en tasa extremadamente exigua y, por ello, muy llamativa cuando se ha dado.

En origen, una cosa es la espiritualidad, es decir, la esencialidad, relacionada con la voluntad existencial de estar en contacto con el conocimiento cierto de lo que son las cosas en sí mismas de un modo que podríamos llamar etimológicamente autópsico; otra cosa es la mística, es decir, la emotividad que representa a la necesidad de conexión profunda con dicha esencialidad interna y los intensos sentimientos e imágenes asociados; y otra muy distinta es la religiosidad, es decir, la supuesta socialización reiterativa de una relación que nadie ha demostrado jamás que exista con un ente llamado divinidad cuya existencia tampoco nadie ha probado nunca.

Por otra parte, y para mayor aclaración, la religiosidad nada tiene que ver con la mística etimológica, algo así como interioridad oculta, en su sentido trascendente. Es posible que algún religioso pueda a la vez ser místico pero no necesariamente todo místico es religioso. La mística nada tiene que ver con la socialización de la creencia en una doctrina irracional a través de ritos, que es a fin de cuentas lo mínima y exclusivamente distintivo de una religión. La mística es entendida por quienes la viven como un modo emocional de percibir la realidad a manera de una suerte de revelación extática de su esencia ultérrima, por intentar explicarlo de algún modo –los místicos dicen que no se puede explicar–. Debido a la mayor ignorancia reinante, en la antigüedad este modo emocional de una especie de trance extático trascendental era asociado invariablemente con las religiones como supuestas despertadoras de esa capacidad o como aglutinante de quienes ya la poseían, pero en nuestros días sabemos que ambas cosas nada tienen que ver, ni siquiera en su concepto identificativo.  Es más fácil que el cerebro de un artista pueda acercarse a la mística de modo natural que el de un religioso.» [Agustín Barahona]

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