«Creo que en todas las disciplinas organizadas científicamente deberían reservarse los nombres más y mejor descriptivos de un modo unívoco. Dejando de lado los atropellos que la LOGSE ha hecho a este respecto en las enseñanzas de régimen general –merecen un vasto capítulo aparte–, creo que en las definiciones y nomenclaturas de terminología musical debería seguirse la necesaria costumbre de una denominación adecuada y ser muy críticos también, incluso cuando exista una tradición, con los términos que obviamente no se ajustan a sus contenidos. Es el caso del término «secuencia» usado para referir las «progresiones armónicas» –no en la otra acepción musical vinculada habitualmente al ámbito religioso–, puesto que una secuencia –del latín sequ?re, seguir– sólo refiere un conjunto de elementos cuyo único contenido semántico es que se siguen unos a otros, y aunque se presupone un cierto orden en ella el término no habla de la relación entre las unidades que la integran ni de cómo ésta se produce. Sin embargo, el término «progresión» se ajusta perfectamente a las necesidades de la terminología descriptiva de la armonía, porque describe un procedimiento en el que progresa un elemento inicial en función de una razón que modifica en cada paso sucesivo el contenido inicial. Así pues, entiendo que es sólo el término «progresión» el que debería seguir siendo utilizado en armonía para referir alquellas estructuras en donde a partir de un determinado modelo y aplicando a éste determinadas modificaciones conforme a un patrón se van obteniendo diversos estadios en progreso hasta un desenlace o un abandono del recurso.» [Agustin Barahona]
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