Unamuneando
XLSemanal – 03/3/2014
Es que aquí no pasa el tiempo, oigan. O lo parece. Hace ya 120 años, en 1894, Miguel de Unamuno publicó un ensayo titulado Sobre el marasmo actual de España. Leerlo tiene su puntito aterrador, porque algunos de sus párrafos parecen haber sido escritos para la España de hoy. O más bien, nota trágica del asunto, para la España de siempre: la que no muere, y una y otra vez nos mata. Por eso me permito esta vez un elocuente experimento de corta y pega, utilizando para componer este artículo una sucesión de frases cortas, todas literales, extraídas del ensayo unamuniano sin añadir ni una palabra de mi propiedad. Decidan ustedes si el buen don Miguel estaba equivocado, si hablaba sólo de su triste tiempo, o si se limitó a describir, con buen pulso y mejor ojo, nuestro eterno día de la marmota: (continúa en el artículo)
Destaco: «Los abogados de la demandada argumentaron que los intereses moratorios eran abusivos por superar el límite legal de la norma española y «que el banco no podía reducir su importe a dicho límite, sino que no podía reclamarlos porque así lo dispone el Derecho de la Unión». Lo que plantea el juez al TJUE recoge todos esos planteamientos y añade, dos más. Pregunta si la norma española que establece que los intereses moratorios no pueden exceder de tres veces el interés legal del dinero se ajusta al derecho europeo, si se entiende que la misma impide al Juez controlar si tales intereses, aun siendo inferiores a dicho limite, son abusivos en función de las circunstancias concretas del caso. (continúa…)»
vía Un juez de Miranda pregunta al TJUE si puede controlar las cláusulas abusivas. El Correo.
Teniendo en cuenta que la promoción es un derecho constitucional (1), si la promoción interna es el procedimiento mediante el cual puede ocuparse un puesto de trabajo perteneciente a un grupo de clasificación superior al que se accedió mediante la oposición correspondiente y para ello puede haber nuevas pruebas selectivas ad hoc… ¿en qué consiste la promoción interna en el caso de los cuerpos de Profesores de Música y Artes Escénicas y Catedráticos de Música y Artes Escénicas, ambos independientes, en los que no es posible promocionar en modo alguno dentro de la profesión?
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Nota 1: Constitución Española, artículo 35.1: «Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo».