«Estimados agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y demás ciudadanos españoles: es conveniente que todos recordemos que es completamente legal filmar y fotografiar a los agentes en la vía pública en el ejercicio de sus funciones (Sentencia del Tribunal Constitucional 72/2007 de 16 de abril, por favor, apréndanse todos, agentes y no agentes, esta cita legal).

De igual modo, es igualmente conveniente que todos recordemos que, como es obvio, si un agente actúa ilegítimamente, sin estar protegida su acción por la legalidad vigente, esa acción podría serle imputada en su caso como si la hubiera ejecutado un particular, quedando fuera de toda la protección que el Estado le brinda como agente (Sentencia AP Madrid de 5 de febrero de 2009, memorícese igualmente).

Por estos motivos, para que el Estado de Derecho funcione perfectamente, es una obligación fundamental que todos los agentes recuerden perfectamente sus límites y posibilidades de actuación así como que el resto de los ciudadanos conozcan tanto las normas fundamentales del Estado que se aplican a cada acción pública como sus derechos en las mismas. Muchas gracias a todos.» [Agustín Barahona]

mayo 16, 2014 a las 6:45 pm por Agustín Barahona
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