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¡SORPRESA!: los tribunales de 6º ¡¡¡NO SON COMO CREÍAS!!! (sigue vigente en el curso 2020-2021 y en sucesivos) - (5-diciembre-2016 por Agustín Barahona)

No os asustéis por lo que os vamos a decir, pero muchos de vuestros hijos el año en que terminan sus estudios en un conservatorio profesional están siendo obligados a hacer cosas que no deben. Incluso también antes, pero eso será tema de otro artículo.

Desde el comienzo de la última reforma importante de la enseñanza profesional de la música, el proceso de evaluación del aprendizaje del alumnado de cara a su calificación ha sido el conocido como evaluación continua y la calificación en la asignatura de instrumento ha correspondido, como es lógico, sólo al profesor, que es el único capacitado para dar cuenta de esa evaluación continua y ayudar al alumno en función de la misma.

Sin embargo, desde 2007 en la Comunidad de Madrid (y mediante el Decreto 30 y la Orden 1031 del año siguiente) se introduce un elemento especial en el sexto curso de enseñanzas profesionales, el último y definitivo antes de obtener la titulación, llamado tribunal de 6º, que se encarga de la evaluación final del alumno.  Y con este elemento llegó el escándalo y la confusión, porque mientras que en realidad el legislador no había variado su criterio de que todo es evaluación continua los profesionales asumieron erróneamente (?) que dichos tribunales iban a ser una prueba y que dicha prueba iba a ser realizada sólo y exclusivamente por los especialistas de cada instrumento y, por tanto, por los miembros de los departamentos que eran profesores del instrumento que cursaba el alumno pero no eran profesores del alumno, como exige la norma, rompiendo así la evaluación continua.

Craso error: nada más lejos de la realidad.

Lo que los profesionales supuestamente «creyeron entender» de inmediato, quizá por una interesada lectura metonímica apresurada y sesgada de la norma o quizá porque la inspección no fue capaz de reaccionar adecuadamente –todo esto por decirlo suave y disculpativamente sin que realmente se merezca tras tantos años–, fue, inconcebiblemente, que tales tribunales «se oponían radicalmente a que las calificaciones las hiciera exclusivamente el profesor del alumno, interfiriendo así en la evaluación continua y a todas luces chocando con la normativa previa», pues según esta falsa concepción se dejaba aparentemente en manos de un tribunal ajeno, y no en las de su profesor, la calificación final de ese sexto curso y, con ello, la obtención del título correspondiente, lo cual va contra la propia norma, que dice con claridad que sólo el profesor decide la calificación final.

Y calculando, parece ser que a principios del curso 2009-2010, en una reunión de directores de conservatorios profesionales, se pusieron de acuerdo definitivamente para interpretar la Orden de Evaluación de esta forma contraria a lo que realmente dice la norma, ¡sin que la inspección se opusiera!, generando así no sólo un muy discutible procedimiento académico en todos los conservatorios profesionales de la Comunidad de Madrid –con el que mediante un examen único de unos cuantos minutos contra la evaluación continua podía contravenirse y contradecirse el juicioso criterio del profesor de la asignatura, y sin que nadie controlase cómo se hacía dicho examen inexistente en la evaluación ordinaria– sino además un comportamiento ilegal a todas luces.

Lo asombroso es que la inspección en lugar de corregirlo asumiera el malentendido como correcto permitiéndolo –¡y que aún siga haciéndolo a pesar de ser claramente ilegal!– y añadiendo incluso todavía más desmanes legales [!] que a cualquier persona inteligente le resultaban obvios, todo de un modo muy parecido a lo que hacía el entrañable personaje del Inspector Clouseau en las películas de la Pantera Rosa. Verán cómo.

Ante las consultas de los conservatorios en el curso 2008-2009 sobre por qué no se podía hacer como en el plan 66 esos tribunales recién instituídos, a pesar de que no hubiera prueba alguna instituída para la evaluación ordinaria,  la inspección estudió el caso para la Subdirección General de Ordenación Académica y desde allí se dieron directrices a todos los conservatorios, instruídas por la inspección, recordando que los tribunales eran sólo una herramienta más de la evaluación continua –hasta ahí todo correcto– pero a la vez desdiciéndose, al dar instrucciones para que los departamentos establecieran un sistema de puntuación que permitiera que la nota de la evaluación continua que establecía el profesor fuera contravenida por la de profesores que no habían tenido absolutamente nada que ver con la formación del alumno examinado mediante ponderaciones resultantes de porcentajes de la nota de evaluación continua y la del tribunal [!].

Pero ¡ahí no acaba el caos!, porque se dejó que en cada conservatorio, en cada departamento incluso, se pudiera establecer un porcentaje para la ponderación completamente distinto. Como resultado, durante la última década –¡que ya está bien, y se dice pronto!–, dependiendo del departamento o conservatorio al que estuviera adscrito un alumno podía tener la suerte o la desgracia arbitrarias de encontrarse con ser un alumno excelente, por ejemplo, cuyo profesor así lo reconociese, pero que por cualquier circunstancia el tribunal lo valorase de otro modo en ese único momento y que en ese caso se hubiese determinado que la nota del profesor valiese sólo un 30% de la nota final del curso y la del tribunal un 70%. Y en el examen de al lado, o del conservatorio de al lado, un alumno adscrito a otro departamento u otro conservatorio podía estar en las mismas circunstancias que el otro pero del revés, es decir, que la nota de su profesor valga el 70% y la del tribunal valga el 30%.

Con lo cual, ¡atención!, el valor real académico de la calificación final de un alumno de 6º no tiene significado alguno siendo además una calificación irregular establecida arbitrariamente en agravio comparativo de departamentos y conservatorios, sin que la Alta Inspección parezca haberse enterado tampoco de nada en todos estos años [!].

¡EL FAQ (PREGUNTAS FRECUENTES) QUE TODO CONSERVATORIO PROFESIONAL DEBE CONOCER!

En estas circunstancias, muchos docentes dieron la voz de alarma al principio del problema explicando por qué estos tribunales no estaban siendo realizados como se debía. Pero como suele ocurrir, la Administración no les hizo ni caso, quizá porque la Administración nunca se equivoca y es omnisciente, ¿verdad?

Los años han pasado y como nada ha cambiado y se siguen realizando irregular y antiacadémicamente estos tribunales varios docentes nos hemos decidido a poner en manos de la comunidad internacional y del conocimiento público todos estos hechos, con el fin de que puedan ayudar a otras personas a actuar correctamente no aceptando ninguna otra cosa que no sea que se cumpla estrictamente la norma. Pero como sabemos que no todo el mundo suele tener acceso a este tipo de análisis, hemos fabricado un FAQ (acrónimo del inglés Frequently Asked Questions –preguntas frecuentes–) que no es más que un sencillo par de hojas que contienen todo lo que hay que saber fácilmente para realizar de un modo legal y académicamente correcto la evaluación final de 6º mediante los tribunales que la norma instruye en convocatoria ordinaria en los conservatorios de la Comunidad Autónoma de Madrid, España.

Así pues, aquí lo tenéis, pinchad sin miedo: FAQ (preguntas frecuentes) sobre los Tribunales de los exámenes de 6º curso de Grado Profesional en los conservatorios profesionales de música de la Comunidad Autónoma de Madrid, España. ¡COMPÁRTELO EN TODAS PARTES!

Si tenéis dudas no resueltas por el FAQ podéis aportarlas aquí mismo como comentarios y procuraremos resolvéroslas, aunque pensamos que todo lo que hay que saber para hacer las cosas bien está ya recogido en este documento. ¡Adelante, que nadie más vuelva a realizar incorrectamente estos tribunales!

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¿QUIÉN EVALUARÁ A LOS EVALUADORES? - (11-enero-2023 por Agustín Barahona)

«Me pregunto quién evaluará a los evaluadores y a los evaluadores de los evaluadores y a los…. pues parece ser que el gobierno español quiere ahora cambiar el que los funcionarios (docentes o no de carreras musicales, pero también de éstas) sólo sean despedibles si incumplen las normas. Aunque disculpen que me ría de esto, porque los primeros que las incumplen con descaro y provocación son los gobiernos españoles, y, sin embargo, a los funcionarios que las cumplen y que denuncian que sus jefes o sus cadenas de mandos las incumplen intentan expedientarlos ?

El Consejo de Ministros español ha aprobado un anteproyecto de ley de Función Pública de la Administración General del Estado por la que los funcionarios (docentes o no de carreras musicales, pero también de éstas) podrán ser despedidos de su puesto dependiendo de sus resultados en evaluaciones de desempeño. Si es así, sólo queda ya desear a los que les toque sufrirlo que se encomienden a «la Fuerza» de George Lukas, porque lo van a necesitar en los nuevos escenarios cada vez jurídicamente más y más inestables y dependientes de la opinión de turno de algún incompetente intocable.

El gobierno español se excusa diciendo que lo que quieren en realidad es incrementar

«la productividad del sector público y se premiará de esta manera el talento de manera progresiva. Es decir, que no solo baste con aprobar unos exámenes en una fecha dada, si no que haya que luchar el puesto día a día. Además, se pretende así, poner en marcha un relevo intergeneracional de una Administración bastante envejecida en comparación con el resto de la UE.»

Dejando aparte el que si de verdad les preocupara la comparación con la UE tendrían que haber empezado antes por cientos de cosas mucho más evidentemente necesarias y urgentes en el día a día de una sociedad, esto que ahora dicen como idea está muy bien, diríamos todos, ¿verdad? Pero como no dicen cómo van a ponerla en práctica de modo que el resultado sea justo… se va a quedar tan sólo en una bonita idea más de las que habitualmente tienen unas funestas consecuencias, ya que sólo podrán aprovecharla los jefes y directores que tengan una enemistad especial con algún pobre funcionario, pues si no hay que demostrar nada entonces nada se le puede reclamar al directivo que se supone que lo que hace sólo es fomentar la calidad ?

Señores del gobierno español, si de verdad quisieran «fomentar la calidad» lo primero que habría que hacer es garantizar legal y ejecutivamente que ese tipo de directivos y acciones directivas no puedan existir nunca y que cualquier movimiento o hecho que se pretenda premiar o sancionar en el funcionariado sea manifiesta y jurídicamente demostrable sin tener el funcionario que conseguir demostrarlo gastándose el dinero que no tiene en los tribunales en caso de que no tenga formación en Derecho para poder defenderse o defender el Derecho de su estamento académico o laboral.

Me pregunto, por ejemplo, cómo podrían poner en práctica esta «genial idea» ? ya simplemente en el funcionariado docente, sea o no de carreras musicales, porque para poder ponerla allí en práctica el grado de dominio científico demostrable sobre todas las variables que intervienen activas en la educación tendría que ser de Premio Noble [sic]. En fin…»

[Agustín Barahona]

Léase: El Gobierno aprueba el anteproyecto de Ley de Función Pública para modernizar la Administración y reformar el sistema de empleo público

Léase: Despedir a un funcionario público era casi misión imposible. Ahora todo cambia con la nueva ley de desempeño

¿ES ACASO LA BELLEZA BUEN ‘REFUGIO’ DEL DOLOR VITAL? - (9-enero-2023 por Agustín Barahona)

«Al contrario. La Belleza no es nunca refugio: es más bien un dragón que hay que domesticar, un pasaje que hay que aprender a cruzar. La Belleza profunda es lo único que en nuestro camino puede llevarnos totalmente a un estado de ebriedad esencial hasta hacernos olvidar quiénes somos. Es lo único que puede hacer realmente que vibremos tan intensa y desgarradoramente hasta el grado de destruirnos. Por eso puede ser muy peligrosa, dependiendo de cómo se conciba o de cómo nos relacionemos con ella.

Para todo ha de estar preparado el ser humano, pero nada comparable a lo necesario para poder enfrentar la Belleza»

[Agustín Barahona]

¿PODRÍA EL UNIVERSO SER INDETERMINISTA DE ALGÚN MODO? - (14-diciembre-2022 por Agustín Barahona)

«Si realmente nos paramos a pensarlo muy despacio y tenemos en cuenta todo lo que hasta ahora conocemos no ya del universo, sino de cómo funciona la realidad, es muy difícil, si no imposible, poder contestar afirmativamente a la pregunta del título de esta entrada. Uno pensaría entonces lo que todo ser humano ha pensado cada vez que se ha enfrentado a este mismo problema: ¿y dónde queda entonces nuestra sensación de que en realidad somos libres?

Pensemos que cualquier combinación de elementos que fuera necesaria o esencial para que algo en concreto se produzca requiere exclusivamente de ese mismo número de elementos para que el efecto del sistema sea exactamente el mismo en su propia identidad. Y simultáneamente sabemos que hay cosas intrínsecamente imposibles.

Pero –podríamos contestarnos resistentemente a nosotros mismos– nuestra sensación de libertad no es sólo una sensación, sino que en la práctica diaria vemos que tenemos a nuestra disposición una aparentemente infinita gama de posibilidades para elegir, posibilidades que son precisamente las que nos dan esa sensación de que la libertad existe. Pero ése es precisamente el quid questionis, simplemente nos la dan porque no conocemos, o no tenemos en cuenta, que la gama de posibilidades para conseguir algo no es, ni puede ser nunca, infinita, precisamente por lo que decíamos en el párrafo anterior de esta reflexión.

Incluso aunque las posibilidades para cada posible consecución fueran muy grandes en número, del orden de 10 elevado a 100 –un uno seguido de cien ceros– estarían predeterminadas por tratarse de cosas que ya están en el universo, incluídas las regularidades que las gobiernan y que llamamos leyes, y por lo tanto, todas las posibles combinaciones, eficientes o no, ya estarían predeterminadas.

En consecuencia, nuestra sensación de libertad es sólo una ilusión producida por nuestra ignorancia de cuántas y cómo son las posibilidades reales para conseguir algo, y, a la vez, por nuestra ignorancia de cuáles son las únicas cosas posibles en nuestro universo. Todo ello está preconfigurado, prelimitado por las propias cualidades inherentes a la materia que constituyen sus propias regularidades y posibilidades de relación, las conozcamos todas o no, y, por tanto, amigos, me temo que nuestra realidad es determinista.

¿En dónde pues estaría la verdadera «libertad»? Precisamente en saber que el universo es determinista y en conocer todas sus posibilidades para formar y conformar las cosas, pudiendo dentro de estos caminos posibles predeterminados elegir el nuestro, incluso aunque sepamos que algo hace que esa posible elección esté igualmente predeterminada dentro de un conjunto posible de elecciones predeterminadas y cuya última selección puede haber sido realizada dependiendo de niveles de variaciones de elementos micrométricos de la realidad con influencia pertinente –teoría del caos– aparentemente inmedibles en estos momentos.

No existe ni puede existir ningún tipo de libertad, aparentemente ilusoria o no, sin un verdadero conocimiento de la realidad

[Agustín Barahona]

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